Los Países Signatarios acordaron eliminar los aranceles y gravámenes de efectos equivalentes que
afectan el comercio recíproco. Para tal efecto, se establecieron un programa de liberación con
diferentes modalidades, el cual contempla plazos que van desde la desgravación inmediata, de unasola vez, en el momento de entrada en vigor del Acuerdo, hasta 6 años
lunes, 29 de septiembre de 2008
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